El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea da la razón a los consumidores en relación a los préstamos con referencia al IRPF posibilitando la ejecución de acciones legales en reclamación del sobre coste asumido en las cuotas.

La fórmula del cálculo del IRPF Caixes resulta “compleja y poco transparente para un consumidor medio” y considera que los Bancos tienen que dar “una información suficiente” para que el consumidor pueda decidir en pleno conocimiento de causa. Los tribunales españoles podrán estudiar si la incorporación a cada préstamo del IRPH coincide con el requisito de transparencia que establece la normativa comunitaria, y comprobar, según el conjunto de circunstancias, si se expuso de forma transparente el método de cálculo del tipo de interés, estimando si el consumidor estaba en condiciones de valorar las consecuencias económicas que derivaban.

Si los tribunales valoran la transparencia de la comercialización de la cláusula, las entidades tendrán de demostrar que informaron correctamente, ya que sino, se podrán declarar nulas y quedaran fuera del contrato. Los préstamos con IRPF han llegado a causar un perjuicio de hasta  165 €/m en la media des de 2004.